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Insolvency proceedings

ARCATIUM STUDIOS SL

CIF B12826566See the company page

Notices
313/06/201316/10/2018
Case number
09/2016 · 378/2013
Court
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Case timeline

  1. Declaración de concurso16/10/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 09/2016Order 22/06/2018

    Edicto Doña CRISTINA M.ª VALERO DOMENECH, Letrada Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000378/2013, habiéndose dictado en fecha 19/09/2016 por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es el siguiente tenor: Parte dispositiva: Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000378/2013, promovido por el Procurador Sr/a, en nombre y representación de la mercantil ARCANTIUM STUDIOS, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal GABINETE JURÍDICO MERCANTIL BISQUERT, S.L.P., revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil ARCANTIUM STUDIOS, S.L., con C.I.F. B12826566, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 13/04/16. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma la Ilma Sra. doña MONTSERRAT MOLINA PLA, Magistrada-Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 22 de junio de 2018.- La Letrada Admon Justicia, D.ª Cristina M.ª Valero Domenech.

  2. Convenio de acreedores13/02/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 378/2013Order 16/01/2014

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 378/2013 habiéndose dictado por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de fin de fase común y apertura de fase de convenio en fecha 16 de enero de 2014 respecto de la mercantil Arcantium Studios, S.L., con CIF. B12826566, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva: 1.-Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la Sección quinta del concurso. 3.- Se admite a trámite la propuesta de convenio presentada por el deudor al cumplir las condiciones de tiempo del artículo 113, de forma del artículo 99 y la de contenido del artículo 100, todos ellos de la LC, no apreciándose defecto alguno, dese traslado a la misma a las partes personadas y a la administración concursal para que, esta última, en plazo improrrogable de diez días, emita escrito de evaluación sobre su contenido, en relación con el plan de pagos y, con el plan de viabilidad que la acompaña. 4.- Se convoca junta de acreedores que se celebrará el próximo 24 de febrero de 2014 a las diez horas en la sala de audiencias de éste juzgado. publicándose los edictos pertinentes en el Boletín Oficial del Estado que se entregarán al Procurador del concursado para que cuide de su curso y gestión. Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (articulo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, exponiendo las alegaciones en que se basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna; todo ello previa consignación de 50€ en la cuenta del Juzgado, conforme a la modificación introducida por la Ley 37/11 (art. 458.2 LEC) Así por este Auto, lo pronuncia manda y firma el Ilmo. Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 16 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso13/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 378/2013Order 22/05/2013

    Doña Cristina María Valero Domench, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 378/2013 habiéndose dictado en fecha 22 de mayo de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso Voluntario de acreedores de Arcantium Studios, S.L. con CIF. B12826566, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a Gabinete Juridico Mercantil Bisquert, S.L.P. con domicilio profesional en Calle Garrigues, núm. 17-7, Valencia, teléfono 96-3526406, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC Valencia, 22 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.