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Insolvency proceedings
AIR FLEET SUPPORT SL
CIF B92836006See the company page →
- Notices
- 5 — 19/01/2018 → 10/03/2022
- Case number
- 982/2017
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid
Case timeline
- Otro acto concursal10/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 982/2017Order 25/02/2022
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso10/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 982/2017Order 25/02/2022
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso01/03/2022⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 982/2017Judge : ANDRES SANCHEZ MAGROOrder 25/02/2022
AUTO CONCLUSION
- Otro acto concursal23/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MADRID Proc. 982/2017Judge : ADELA MORENO BLANCOOrder 25/02/2022
Se presenta el informe de la administración concursal junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
- Otro acto concursal19/01/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 982/2017Order 16/01/2017
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 LC, Hace saber: 1. Que en el Concurso Abreviado 982/2017, por auto de fecha 11/01/2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Air Fleet Support, S.L., con CIF número B-92836006, y domiciliado en Madrid, calle Serrano, n.º 32, piso 4.º C. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es D. Santiago Manuel Oliveros Lapuerta, con domicilio postal en Paseo de la Castellana n.º 177, 10 D, y teléfono numero 91-579-59-85, fax 91-579-55-94, dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 16 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.