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Insolvency proceedings
AGROVERA FORESTAL SL
CIF B10369254See the company page →
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- 1 — 21/06/2011 → 21/06/2011
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- Declaración de concurso21/06/2011⚖️ CÁCERESOrder 23/05/2011
D./Dª Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial de Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000581/2011 se ha dictado en fecha 23-05-2011, Auto de Declaración de Concurso, del deudor Agrovera Forestal, S.L., con CIF n.º B-10369254, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Talayuela (Cáceres). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración Concursal. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de 30 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando,si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a ( artículo 184.3 LC). Cáceres, 23 de mayo de 2011.- Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.