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Insolvency proceedings

ADAPTING SL

CIF B96822119See the company page →

Notices
4 — 21/03/2013 → 18/12/2023
Case number
1534/2012 · 3/2009
Court
Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Case timeline

  1. Conclusión del concurso18/12/2023
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 1534/2012Judge : JOSÉ MARÍA CUTILLAS TORNSOrder 23/04/2015

    Conclusión concurso.

  2. Declaración de concurso18/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 3/2009Order 27/01/2015

    Doña Cristina María Valero, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de Acreedores núm. 001534/2012, habiéndose dictado en fecha 23/04/15 por el Ilmo/a. Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITI VA Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 001534/2012 promovido por el Procurador Sr/a Vicente Bezjak, Raul, en nombre y representado: de la mercantil ADAPTING, S.L., y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con lo que satisfacer a los acreedores. Se acuerda él cese de las limitaciones de las facultades de administración disposición del deudor. Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Lo acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura de concurso o no se declare nuevo concurso. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Santiago Guillen Grech con dni n° 29.197.753N, revocando las autorizaciones otorgadas en e procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extincion de la mercantil ADAPTING SL, con cif. B96822119, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia va que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27 de enero de 2015. Dése a la presenté resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.DX. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Vicente Bezjak Raúl, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos Llévese el original al libro de autos definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese trestimonio de esta resolucion a la seccion 2a del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( art.177.1 LC). Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr. D. José María Cotillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 23 de abril de 2015.- El Secretario judicial.

  3. Apertura de liquidación07/11/2013
    ⚖️ VALENCIAProc. 3/2009Order 12/09/2013

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Por el presente, se hace saber, que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Adapting, S.L., con el número de registro 001534/2012 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 12 septiembre 2013, con el siguiente tenor literal: "Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador/es de la empresa concursada (art. 145 LC). Se declara la disolución de la mercantil concursada Adapting, S.L. con CIF B-96822119, lo que conlleva el cese de la administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, don Santiago Guillem Grech con DNI/NIF número 29.197.753N, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. Dése a las partes traslado del plan de liquidación aportado por el administrador concursal en su informe presentado el 30/4/13, como anexo 7, poniéndose de manifiesto en la Secretaría del Juzgado por plazo de quince días a fin de que el deudor y los acreedores puedan formular observaciones o propuestas de modificación al respecto del mismo, recabándose asimismo, a tales efectos y por idéntico plazo, informe de los representantes de los trabajadores. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables. Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto-ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado. Expídase testimonio de la presente resolución a efectos de publicidad en el BORME en los términos legalmente previstos. Expídase mandamiento a Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución. Fórmense la sección quinta del concurso. Respecto de la sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC. Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 LECn). Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente. Valencia, 12 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.

  4. Declaración de concurso21/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrder 26/02/2013

    Doña María Pilar Lluna Gasco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 001534/2012, habiéndose dictado en fecha 10/1/13 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Adapting, S.L., con CIF B96822119, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil habiéndose designado administrador concursal a D. Santiago Guillén Grech, con domicilio profesional en Valencia, calle Pérez Pujol, 4, pta. 1.ª, teléfono 963529900, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 26 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.