UROLOGILTEN SL

Hoja TF45460· NIF B38973269

ConcursoSanta Cruz de Tenerife
Registered address :
Activity :
Actividades de medicina especializada
Legal form :
Sociedad Limitada (SL)
Share capital :
1 451 875,00 €
Incorporation :
20/02/2009

Legal information

Legal information for UROLOGILTEN SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000234910757
Legal formSociedad Limitada (SL)
Share capital1 451 875,00 €
Incorporation date20/02/2009
Register referenceTomo 3083 · Folio 138 · Hoja TF45460
StatusConcurso

Activity

UROLOGILTEN SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Santa Cruz de Tenerife, Canarias. Its declared activity is “Actividades de medicina especializada” (CNAE 8622). It was incorporated on 20 February 2009. The Spanish commercial register has published 14 filings for this company, from 20 February 2009 to 3 September 2020, across 6 distinct types of filing. Its registered share capital is 1 451 875,00 €.

Economic activity (CNAE)

8622 · Actividades de medicina especializada

Corporate purpose

1.- La compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento y explotación, por cualquier título, de inmuebles tales como fincas rústicas o urbanas,así como hoteles, edificios, chalets, bungalows, apartamentos, locales y demás obras que ejecute la compañía o adquiera, incluyendo los actos jurídico.

Directors and representatives

Directors

Current

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Directors network map

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Registered actos

  1. Ceses/DimisionesPublished 21/05/2019· Registered 10/05/2019· I/A 8
  2. NombramientosPublished 21/05/2019· Registered 10/05/2019· I/A 8
  3. Ampliación de capitalPublished 29/08/2013· Registered 16/08/2013· I/A 6
  4. Ampliación de capitalPublished 12/07/2012· Registered 29/06/2012· I/A 5
  5. Ampliacion del objeto socialPublished 12/07/2012· Registered 29/06/2012· I/A 4
  6. Ceses/DimisionesPublished 28/10/2011· Registered 14/10/2011· I/A 3
  7. NombramientosPublished 28/10/2011· Registered 14/10/2011· I/A 3
  8. Modificaciones estatutariasPublished 28/10/2011· Registered 14/10/2011· I/A 3
  9. Ampliación de capitalPublished 28/10/2011· Registered 11/10/2011· I/A 2
  10. ConstituciónPublished 20/02/2009· Registered 11/02/2009· I/A 1
  11. NombramientosPublished 20/02/2009· Registered 11/02/2009· I/A 1

Changes

  1. 12/07/2012Ampliación del objeto social

    1. La compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento y explotación, por cualquier titulo, de inmuebles tales como fincas rústicas o urbanas, así como hoteles, edificios, chalets, bungalows, apartamentos, locales y demás obras que ejecute la compañía o adquiera, incluyendo los actos jurídicos.

  2. 28/10/2011Modificaciones estatutarias

Capital · events

  1. 29/08/2013Ampliación de capital
    Resulting capital: 1 451 875,00 € (+13 000,00 €)
  2. 12/07/2012Ampliación de capital
    Resulting capital: 1 438 875,00 € (+1 154 875,00 €)
  3. 28/10/2011Ampliación de capital
    Resulting capital: 284 000,00 € (+280 000,00 €)
  4. 20/02/2009Constitución
    Initial capital: 4 000,00 €

Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.

Timeline (BORME)

  1. 03/09/2020#6022532
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Reapertura hoja registral. Datos registrales. T 3617 , F 143, S 8, H TF 45460, I/A ALTA (10.08.20).
  2. 03/09/2020#6022531
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 3083 , F 143, S 8, H TF 45460, I/A BAJA (10.08.20).
  3. 21/05/2019#5403590
    Ceses/DimisionesNombramientos
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GIL TEJERIZO LUIS ANTONIO. Nombramientos. LIQ.CONC.: CABEZAS DE HERRERA SANTAMARIA PEDRO. Situación concursal. Procedimiento concursal 296/2016. FIRME: Si, Fecha de resolución
  4. 30/03/2017#4316633
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 296/2016. FIRME: Si, Fecha de resolución 30/11/2016. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENER
  5. 29/08/2013#2432950
    Ampliación de capital
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ampliación de capital. Capital: 13.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 1.451.875,00 Euros. Ampliación de capital. Capital: 66.450,00 Euros. Resultante Suscrito: 1.518.325,00 Euros. Ampliación de capital. Ca
  6. 12/07/2012#1813422
    Ampliación de capital
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ampliación de capital. Capital: 1.154.875,00 Euros. Resultante Suscrito: 1.438.875,00 Euros. Datos registrales. T 3083 , F 135, S 8, H TF 45460, I/A 5 (29.06.12).
  7. 12/07/2012#1813421
    Ampliacion del objeto social
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ampliacion del objeto social. 1. La compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento y explotación, por cualquier titulo, de inmuebles tales como fincas rústicas o urbanas, así como hoteles, edificio
  8. 28/10/2011#1435143
    Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutarias
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: POSTIUS ROBERT JORDI;GIL TEJERIZO LUIS ANTONIO. Nombramientos. Adm. Unico: GIL TEJERIZO LUIS ANTONIO. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Admin
  9. 28/10/2011#1435142
    Ampliación de capital
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ampliación de capital. Capital: 280.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 284.000,00 Euros. Datos registrales. T 3083 , F 134, S 8, H TF 45460, I/A 2 (11.10.11).
  10. 20/02/2009#82487
    ConstituciónNombramientos
    UROLOGILTEN SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Constitución. Comienzo de operaciones: 14.01.09. Objeto social: 1.- La compra, venta, adquisición, enajenación, arrendamiento y explotación, por cualquier título, de inmuebles tales como fincas rústicas o 

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Nota informativa mercantil (company extract)

Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.

Public

Filed annual accounts

Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.

Public

Certified articles of association

The company's articles of association in force, certified by the registrador.

Public· Incorporated 2009

Certificate of powers of attorney

Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).

Public

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Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.

Public

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Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)

Credit risk report

Commercial credit risk report on the company.

Public

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Full addressC/ LOS MOLINOS ESQUINA GALEON, EDIFICIO EL TORREON (ADEJE), Santa Cruz de Tenerife
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Prospect

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Insolvency · concursos

  1. Conclusión del concurso04/02/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001Proc. 296/2016
    Judge: NÉSTOR PADILLA DÍAZConclusion: por finalizacion de la fase de liquidacion

    ...CONCLUIR el presente procedimiento concursal de UROLOGILTEN S.L. por haber realizado todas las operaciones de liquidación pertinentes y en consecuencia procede el archivo de las actuaciones...

    RPC-672630RPCLook it up in the RPC ↗
  2. Otro acto concursal01/12/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001Proc. 296/2016
    Judge: ANA FERNÁNDEZ ARRANZConcurso: Voluntario

    ...procedimiento concursal número 0000296/2016, referente al deudor UROLOGILTEN, S.L, se ha dictado la siguiente resolución con fecha 26/11/25, sobre RENDICIÓN DE CUENTAS...

    RPC-645046RPCLook it up in the RPC ↗
  3. Otro acto concursal24/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001Proc. 296/2016
    Judge: ANA FERNÁNDEZ ARRANZ⚠ Concurso culpable

    ...SE DECLARA CULPABLE el concurso de UROLOGILTEN, S.L., y, en consecuencia: Se declara como persona afectada por la calificación al administrador de dicha mercantil, don LUIS ANTONIO GIL TEJERIZO...

    RPC-622741RPCLook it up in the RPC ↗
  4. Declaración de concurso06/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy feProc. 3/2009

    Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado nº 296/16, de la entidad UROLOGILTEN, S.L con CIF B-38973269 se ha dictado auto de fecha 30/11/16 se ha declarado el concurso, por la MAGISTRADA-JUEZ Doña, Sonia Martinez Uceda cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente: Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora Dña. RAQUEL INMACULADA GUERRA LÓPEZ, en nombre y representación de UROLOGILTEN, S.L., con CIF n.º B38973269. Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor UROLOGILTEN, S.L. con CIF n.º B38973269, y domicilio social en Edificio "El Torreón", bloque 2, planta baja, sito en la calle Los Molinos, esquina Galeón, Adeje (Santa Cruz de Tenerife), y centro de sus intereses principales en la calle Camino El Pulpito, s/n, Edif STAR, 2.ª planta, CP 38297, Los Rodeos {San Cristóbal de La Laguna). Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 190, con aplicación supletoria de las normas del procedimiento ordinario (art. 191 LC). Tercero.- El deudor la entidad mercantil UROLOGILTEN, S.L. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Cuarto.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a D. PEDRO CABEZAS DE HERRERA SANTAMARÍA, Economista, que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC. Comuníquese telefónicamente o por fax la designación al administrador concursal para que comparezca en este Juzgado a aceptar el cargo en el plazo de los cinco días siguientes a la comunicación. Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del Deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso. Quinto.-· Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. En el caso de la Tesorería General de la Seguridad Social, el acceso para la transmisión telemática se puede realizar a través de la dirección de Internet https://sede.seg-social.gob.es. En dicha página se seguirá la siguiente ruta: Registro Electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-Comunicación de la Declaración de Concurso por parte de la Administración Concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para realizar la transmisión telemática es necesario que el administrador concursal cuente con el correspondiente certificado digital o con el DNI electrónico. En el caso de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para acceder al formulario en la sede electrónica de la A.E.A.T. (https//www.agenciatrlbutaria.gob.es) deberán seguirse los pasos siguientes: 1.- En la página de inicio, columna izquierda, "Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro)" se seleccionará la opción "Otros Servicios". 2.- Una vez abierta la página que corresponde a "Otros Servicios", deberá seleccionarse la opción "Comunicación administración concursal''. 3.- En la página "Comunicación administración concursal" el formularlo se despliega al marcar la opción "Trámites". Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días indique si los bienes ejecutados tienen la consideración de necesarios para la actividad de la empresa. Sexto.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada. Las sucesivas publicaciones deberán ser abonadas con cargo a la masa del concurso salvo que la administración concursal justifique la insuficiencia de bienes y derechos del concursado o de la masa activa (Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Ley 3/2009). Séptimo.- Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor. La concursada figura inscrita al Tomo 3.083, Folio 133, Hoja n.º TF-45.460, INSCRIPCIÓN 1.ª Conforme a lo dispuesto en el artículo 323.4 del Reglamento del Registro Mercantil, se interesa del Registrador Mercantil que remita certificación del contenido de esta resolución al Registro de la Propiedad y/o de Bienes Muebles en relación con los bienes de la concursada. Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada. Octavo.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. Noveno.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e Informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. En este caso, el citado deber incumbe a los administradores de la persona jurídica o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores a la declaración del concurso, que son D. LUIS ANTONIO GIL TEJERIZO. Décimo.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este Auto. Undécimo.- Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la LC. En tal sentido, oficiése a los Juzgados Decanos de la Provincia. Notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso. Duodécimo.- Requiérase al deudor para que en el plazo de diez días presente una lista actualizada del listado de acreedores y del inventario de bienes y derechos a la fecha de declaración del concurso. Decimotercero.- Las costas causadas se incluirán en los créditos contra la masa del concurso. Decimocuarto.- Publíquese la presente resolución en el Registro Público Concursal haciendo saber a todos los interesados que pueden acceder a su contenido a través de la página web www.publicidadconcursal.es. Modo de impugnación: Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ).Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Así lo dispone, manda y firma Dña. SONIA MARTÍNEZ UCEDA, MAGISTRADA JUEZ, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe. LA MAGISTRADA JUEZ. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación GRATUÍTA en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el ADMINISTRADOR CONCURSAL de este procedimiento, arriba indicado, D. PEDRO CABEZAS DE HERRERA SANTAMARIA, con DNI 42.037.014Y con domicilio profesional en Paseo Fuente de Santa Cruz, n.° 3, Edf. Ciudamar, con número de móvil 600.511.288 y número telefónico 922-100-222 y fax 922-288-306 y correo electrónico [email protected]. Santa Cruz de Tenerife, 12 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-7072
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