SOMYCOL CANARIAS SL

Hoja A49523· NIF B96161377

Struck off · 17/01/2017Alicante
Registered address :
Activity :
Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.
Legal form :
Sociedad Limitada (SL)

Legal information

Legal information for SOMYCOL CANARIAS SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000397919887
Legal formSociedad Limitada (SL)
LocalitySan Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig
Register referenceTomo 2153 · Folio 85 · Hoja A49523
Former names
SOMYCOL CANARIAS SL EN LIQUIDACION2013-10-01 → 2014-01-13
StatusLiquidada

Activity

SOMYCOL CANARIAS SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig (Alicante, Comunitat Valenciana). Its declared activity is “Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.” (CNAE 2599). The Spanish commercial register has published 7 filings for this company, from 29 April 2011 to 17 January 2017, across 4 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.

Economic activity (CNAE)

2599 · Fabricación de otros productos metálicos n.c.o.p.

Directors and representatives

Directors

Former

Directors network map

No recorded relationships

Cap table · shareholdings

  • Legal entity · since 29/04/2011 · socio único (BORME)Extinguida

    The sole shareholder is dissolved; current ownership is not published in the BORME.

Shareholders network map

5 nodes Person Company
SOMYCOL CANARIAS SLXENIA INVERSIONES PATRIMONIALES SLXENIA INVERSIONES PA…SOMYCOL SLSOMYCOL SLSOMYCOL BALEARES SLSOMYCOL BALEARES SLSOMYCOL SISTEMAS DE DESCANSO SLSOMYCOL SISTEMAS DE …

Beneficial owner (UBO)

XENIA INVERSIONES PATRIMONIALES SL100 %Extinguida

The holder is dissolved; current ownership is not published in the BORME.

Legal entity · since 29/04/2011

Beneficial owner network map

5 nodes Person Company
SOMYCOL CANARIAS SLXENIA INVERSIONES PATRIMONIALES SLXENIA INVERSIONES PA…SOMYCOL SLSOMYCOL SLSOMYCOL BALEARES SLSOMYCOL BALEARES SLSOMYCOL SISTEMAS DE DESCANSO SLSOMYCOL SISTEMAS DE …

Registered actos

  1. ExtinciónPublished 17/01/2017· Registered 10/01/2017· I/A 9
  2. Ceses/DimisionesPublished 01/10/2013
  3. DisoluciónPublished 01/10/2013
  4. Declaración de unipersonalidadPublished 29/04/2011· Registered 15/04/2011· I/A 8

Changes

  1. 17/01/2017Extinción
  2. 01/10/2013Cambio de denominación social

    SOMYCOL CANARIAS SLSOMYCOL CANARIAS SL EN LIQUIDACION

  3. 01/10/2013Disolución
  4. 29/04/2011Declaración de unipersonalidad

    XENIA INVERSIONES PATRIMONIALES SL

Timeline (BORME)

  1. 17/01/2017#4193560
    Extinción
    SOMYCOL CANARIAS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 779/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 14/12/2016. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fase de liquidacion. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: LEANDRO
  2. 13/01/2014#10468234

    Company name: SOMYCOL CANARIAS SL EN LIQUIDACION

    SOMYCOL CANARIAS SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 779/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 13/12/2013. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA
  3. 01/10/2013#2470182

    Company name: SOMYCOL CANARIAS SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    SOMYCOL CANARIAS SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: SORIANO SEGURA JOAQUIN. Situación concursal. Procedimiento concursal 779/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 9/09/2013. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 DE 
  4. 17/04/2013#2230814
    SOMYCOL CANARIAS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 779/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 20/03/2013. Auto de apertura de la fase de convenio. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Datos registrale
  5. 04/01/2013#10450270
    SOMYCOL CANARIAS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 779/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 29/11/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Situación co
  6. 29/04/2011#1192131
    Declaración de unipersonalidad
    SOMYCOL CANARIAS SL. Declaración de unipersonalidad. Socio único: XENIA INVERSIONES PATRIMONIALES SL. Datos registrales. T 2153 , F 84, S 8, H A 49523, I/A 8 (15.04.11).

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Prospect

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Insolvency · concursos

  1. Conclusión del concurso23/01/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

    Doña Cristina Cifo Gonzalez, Letrada A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el proceso concursal número 779/12-C, seguido contra Concurso de Acreedores del deudor Somycol Canarias, SLU, con CIF número B-96161377, con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), Camí del Rodalet, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2153, folio 82, hoja A-49523, se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de conclusion de concurso de fecha 14/12/16, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de Somycol Canarias, S.L.U. 2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor Somycol Canarias, S.L.U. que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3. Se acuerda la extinción de Somycol Canarias, S.L.U. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 4. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 7/11/16. 5. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Así lo dispone y firma Leandro Blanco García-Lomas, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante. Doy fe. Alicante, 15 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-3788
  2. Apertura de liquidación21/09/2013
    ⚖️ ALICANTEProc. 1/2009

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en sustitución, anuncia: Que en el proceso concursal número 779/12 seguido contra la mercantil Somycol Canarias, S.L.U., con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), Camí del Rodalet, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2153, folio 82, hoja A-49523, con esta fecha se dictó auto por el que se pone fin a la fase de convenio y se abre liquidación, por lo que de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad al mismo, cuya parte dispositiva es como sigue: Parte dispositiva: 1.- se archiva la fase de convenio del concurso: Somycol Canarias, S.L.U., con C.I.F n.º B-96161377, con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), Camí del Rodalet, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2153, folio 82, hoja A-49523. 2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación y 3.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor Somycol Canarias, S.L.U. sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil concursada Somycol Canarias, S.L.U., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte 5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y previo depósito de la suma de 25 Euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y Disposición adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. Firma del Magistrado - Juez. Firma del Secretario. Alicante, 9 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-34559
  3. Convenio de acreedores10/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante

    Doña Cristina Cifo González, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber: que en el proceso concursal número 779/12-C seguido contra la mercantil Somycol Canarias, S.L.U., con CIF n.º B-96161377, y domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), camí del Rodalet, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2153, folio 82, hoja A-49523, en la se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de: 1.º Dar publicidad al auto de fecha 25 de marzo de 2013 por el que se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio y, 2.º Dar publicidad al decreto de la misma fecha de convocatoria de Junta de acreedores cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: Parte dispositiva del Auto 1.º-Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio del concurso de Somycol Canarias, S.L.U. 2.º-Procédase a formar la Sección Quinta del concurso. 3.º-Procédase a convocar Junta de acreedores. Notifíquese al concursado, admon. concursal y a las partes personadas e inscríbase en el Registro Mercantil, librándose al efecto el correspondiente mandamiento. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a Procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal. Contra esta resolución cabe recurso cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante Juzgado en el plazo de veinte días y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4. Déjese diligencia de constancia de esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por partes que no estén personadas en el proceso concursal general a tales efectos. Para la apelación será necesario previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr. don Rafael Fuentes Devesa Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Parte dispositiva del Decreto 1) Se convoca junta de acreedores que se celebrará el próximo 6 de septiembre de 2013, a las 9:45 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. 2) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art. 103 hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la adhesión mediante comparecencia ante el Secretario de ese Juzgado deberá verificarse en miércoles de la semana, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o en su caso, votar en contra. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita Modo de impugnación: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante este tribunal. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Alicante, 25 de marzo de 2013.- La Secretaria judicial.

    BOE-B-2013-13421
  4. Otro acto concursal02/03/2013
    ⚖️ ALICANTEProc. 02/2013

    El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante, anuncia: 1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 14/02/2013, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el n.º 779/12 y de la concursada Somycol Canarias, S.L.U., con CIF Número B-96161377, con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), Camí del Rodalet, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2153, folio 82, hoja A-49523. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC ) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Alicante, 14 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial, Cristina Cifo Gonzalez.

    BOE-B-2013-8108
  5. Otro acto concursal20/12/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

    Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por Auto de fecha 29 de noviembre de 12 en el procedimiento con número de autos 779/12 y NIG 03014-66-2-2012-0001727, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Somycol Canarias, S.L.U., con CIF número B-96161377, con domicilio social en San Vicente del Raspeig (Alicante), Camí del Rodalet, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al Tomo 2153, folio 82, hoja A-49523. Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado Administrador concursal don José Javier Córdoba Castellón, con DNI n.º 33.477.041-N, Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Elche, en calidad de Letrado, con domicilio postal en Avda. Oscar Esplá, n.º 29, 5.º A, 03007 Alicante y teléfono 965425270 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 4 de diciembre de 2012.- La Secretaria, Judicial Cristina Cifo González.

    BOE-B-2012-43968
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