INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL

Hoja IF3023· NIF B35628544

VigenteLas Palmas
Registered address :
Legal form :
Sociedad Limitada (SL)

Legal information

Legal information for INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000194741356
Legal formSociedad Limitada (SL)
Register referenceTomo 57 · Folio 191 · Hoja IF3023
StatusVigente

Activity

INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Las Palmas, Canarias. The Spanish commercial register has published 3 filings for this company, from 18 May 2010 to 20 September 2019, across 2 distinct types of filing.

Directors and representatives

Directors

Former

Directors network map

No recorded relationships

Registered actos

  1. Ceses/DimisionesPublished 25/01/2019· Registered 02/01/2019· I/A 8
  2. RevocacionesPublished 18/05/2010· Registered 04/05/2010· I/A 7

Timeline (BORME)

  1. 20/09/2019#5586325
    INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL(R.M. PUERTO DEL ROSARIO). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 57 , F 191, S 8, H IF 3023, I/A NM (27.08.19).
  2. 25/01/2019#5224979
    Ceses/Dimisiones
    INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL(R.M. PUERTO DEL ROSARIO). Ceses/Dimisiones. Vicepresid.: BARROSO VIZCAINO FELIPE. Consejero: BARROSO VIZCAINO FELIPE. Presidente: FERNANDEZ LAUREANO JOSE ENRIQUE. Con.Delegado: FERNANDEZ LAUREANO JOSE ENRIQUE. Consejero: 
  3. 18/05/2010#724806
    Revocaciones
    INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL(R.M. PUERTO DEL ROSARIO). Revocaciones. Apoderado: DOMINGUEZ HORMIGA FLAVIO ARTEMIO. Datos registrales. T 57 , F 191, S 8, H IF 3023, I/A 7 ( 4.05.10).

Official documents

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Nota informativa mercantil (company extract)

Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.

Public

Filed annual accounts

Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.

Public

Certified articles of association

The company's articles of association in force, certified by the registrador.

Public

Certificate of powers of attorney

Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).

Public

Certificate of good standing and current officers

Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.

Public

Certificate of beneficial ownership

The company's official beneficial owners.

Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)

Credit risk report

Commercial credit risk report on the company.

Public

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Contact details

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PhoneReserved for registered users
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Full addressNO CONSTA, LAS PALMAS
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Prospect

This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Las Palmas — are listed together, with their address.

Insolvency · concursos

  1. Declaración de concurso09/02/2017
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 86/2012

    Edicto. Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 86/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", con CIF: B-35628544, se ha dictado auto en esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se declara concluso el concurso de acreedores de Inmobiliaria El Aceitunal, dejando sin efecto la situación de concursado, con desestimación de la oposición formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Curbelo Ortega, actuando en la representación que tiene acreditada en los autos Concurso Ordinario 86/2012, sin imposición de las costas a ninguna de las partes. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal. Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado. Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros correspondientes, los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 4 de marzo de 2016, dejando sin efecto el auto de 7 de marzo de 2016 en el que se acordaba la apertura de la fase de liquidación. Se acuerda el cese de lo Administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra este auto cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días. Las Palmas de Gran Canaria, 30 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-7625
  2. Declaración de concurso31/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 86/2012

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 86/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Inmobiliaria El Aceitunal, S.L., y CIF n.º B-35628544, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-29733
  3. Declaración de concurso19/02/2013
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 86/2012

    Edicto. Doña María Victoria Bastana Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 86/2012, seguido a instancias del Procurador don Ángel Colina Gómez, en nombre y representación de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", se ha dictado Auto el día 31/1/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", con CIF n.º B35628544, el que se tramitará por el procedimiento ordinario. A los efectos oportunos, el presente concurso tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradores del concurso a: "Abogados y Economistas Concursales Integrados, S.C.P.", representada por don José Afonso Suárez como Abogado, con domicilio el de c/ Triana, n.º 44, y código postal 35002, teléfono 928-43-15-90 y fax 928-43-14-35, así como dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: El deudor "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L." conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Don Alberto López Villarubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Bastana Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-6417
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