RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL

Hoja A83557· NIF B53663456

Struck off · 19/06/2013Alicante
Legal form :
Sociedad Limitada (SL)

Legal information

Legal information for RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000398839071
Legal formSociedad Limitada (SL)
Register referenceTomo 2777 · Folio 199 · Hoja A83557
Former names
RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL EN LIQUIDACION2011-01-13 → 2011-11-18
StatusLiquidada

Activity

RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Alicante, Comunitat Valenciana. The Spanish commercial register has published 6 filings for this company, from 20 April 2010 to 19 June 2013, across 4 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.

Directors and representatives

Directors

Former

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Former

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Registered actos

  1. ExtinciónPublished 19/06/2013· Registered 11/06/2013· I/A 4
  2. Ceses/DimisionesPublished 13/01/2011
  3. RevocacionesPublished 13/01/2011
  4. DisoluciónPublished 13/01/2011

Changes

  1. 19/06/2013Extinción
  2. 13/01/2011Cambio de denominación social

    RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SLRAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL EN LIQUIDACION

  3. 13/01/2011Disolución

Timeline (BORME)

  1. 19/06/2013#2330625
    Extinción
    RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 59/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/04/2012. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: VI
  2. 18/11/2011#1461096

    Company name: RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL EN LIQUIDACION

    RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2777 , F 199, S 8, H A 83557, I/A A H ( 7.11.11).
  3. 13/01/2011#1016367

    Company name: RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesRevocacionesDisolución
    RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: RAMIS ALMIÑANA JAIME. Revocaciones. Apoderado: RAMIS ALMIÑANA ADELINO. Situación concursal. Procedimiento concursal 59/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 10/12/2010. 
  4. 20/04/2010#681808
    RAMIS MATERIALES DE CONSTRUCCION SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 59/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 23/02/2010. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: VICENTA ZARAG

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Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.

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Contact details

WebsitesReserved for registered users
PhoneReserved for registered users
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Prospect

This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Alicante — are listed together, with their address.

Insolvency · concursos

  1. Declaración de concurso15/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 000059/2010-D sobre declaración de concurso de la mercantil Ramis Materiales de Construcción, S.L., con domicilio en Saner y Negrals -Alicante-, C/ Ayuntamiento, 53, CIF Nº: B-53663456, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia se ha dictado Auto de fecha 4 de abril de 2012, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Parte dispositiva Acuerdo: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4.- Se aprueba la rendición de cuentas de la administración concursal. La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. Modo de impugnación: No cabe recurso alguno. Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en Alicante, 4 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-23040
  2. Apertura de liquidación30/12/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteProc. 59/2010

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente hago saber: Que en el Concurso de Acreedores (Necesario, Abreviado) n.º 59/2010-D y de la mercantil "Ramis Materiales de Construcción, S.L." (con domicilio social en Sanet y Negrals -Alicante-, c/ Ayuntamiento 53, CIF n.º: B-53663456 e inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2777, folio 197, Sección 8, Hoja A-83557), en fecha 10-12-2010, se ha dictado Auto, cuya Parte Dispositiva es del tenor siguiente: "Parte dispositiva 1.-Se acuerda poner fin a la fase común y se decreta la apertura de la fase de liquidación. 2.-Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de la deudora sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 3.-Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.-Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 DÍAS siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6.-Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. 7.-Notifíquese la presente resolución a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de DIEZ DÍAS. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal. Entréguense los despachos acordados al procurador Sr. Miralles Morera para que cuide de su diligenciado. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado..." Firmado y rubricado. Y para su general conocimiento y su inserción en el BOE, se expide y firma el presente en Alicante, a 10-12-2010; doy fe. Alicante, 10 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2010-44629
  3. Otro acto concursal06/04/2010
    ⚖️ ALICANTEProc. 59/2010

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita el Concurso de Acreedores (Necesario, Abreviado) número 59/2010-D en cuyo seno, en fecha veintitrés de febrero de dos mil diez, se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la mercantil Ramis Materiales de Construcción, S.L. (con domicilio en Sanet y Negrals (Alicante), calle Ayuntamiento cincuenta y tres, CP 03769, CIF B53663456). Facultades: Se decreta la suspensión de las facultades de administración e la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contara desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a la Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Alicante, 23 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2010-11671
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