PETRO NOVA OIL SA
Hoja B297657· NIF A63794853
- Registered address :
- Legal form :
- Sociedad Anónima (SA)
Legal information
Legal information for PETRO NOVA OIL SA
Activity
PETRO NOVA OIL SA is a Sociedad Anónima (SA) with its registered office in Barcelona (Cataluña). The Spanish commercial register has published 5 filings for this company, from 11 June 2012 to 31 January 2019, across 4 distinct types of filing. It appears in the register as “Baja”.
Directors and representatives
Directors
Former
- Domonte Otero CarlosCeased on 31/01/2019ADM.CONCURS.Administrador Concursal
- Torres Gonzalez DavidCeased on 09/11/2012Administrador Único
Directors network map
Registered actos
- RevocacionesPublished 31/01/2019· Registered 24/01/2019· I/A 8
- ExtinciónPublished 31/01/2019· Registered 24/01/2019· I/A 8
- RevocacionesPublished 22/11/2012· Registered 09/11/2012· I/A 7
- DisoluciónPublished 22/11/2012· Registered 09/11/2012· I/A 7
- NombramientosPublished 11/06/2012
Changes
- 31/01/2019Extinción
- 22/11/2012Disolución
Timeline (BORME)
- 31/01/2019#5233336RevocacionesExtinción
PETRO NOVA OIL SA. Revocaciones. ADM.CONCURS.: DOMONTE OTERO CARLOS. Otros conceptos: JUZGADO MERCANTIL 1 DE PONTEVEDRA, PROCEDIMIENTO CONCURSO NECESARIO 114/2011, AUTO FIRME DE FECHA 19/12/2018, CONCLUSION DEL CONCURSO. Extinción. Datos registrales.… - 22/11/2012#1996337RevocacionesDisolución
PETRO NOVA OIL SA. Revocaciones. ADM.UNICO: TORRES GONZALEZ DAVID. Otros conceptos: JUZG. MERC. 1 PONTEVEDRA, PROCEDIMIENTO CONCURSO NECESARIO 114/11, AUTO FIRME DE 04/09/12, APERTURA FASE LIQUIDACION, CONVERSION EN INSCRIPCION DE ANOTACION A DE DECL… - 11/06/2012#1762455Nombramientos
PETRO NOVA OIL SA. Nombramientos. ADM.CONCURS.: DOMONTE OTERO CARLOS. Otros conceptos: JUZGADO MERCANTIL 1 DE PONTEVEDRA, PROCEDIMIENTO CONCURSO NECESARIO 114/2011, AUTO NO FIRME DE FECHA 18/01/2012,ANOTACION PREVENTIVA DE DECLARACION DE CONCURSO NEC…
Official documents
Official Registro Mercantil documents that we obtain and deliver to you as PDFs.
Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
Public
Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
Certificate of good standing and current officers
Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
Public
Certificate of beneficial ownership
The company's official beneficial owners.
Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
Commercial credit risk report on the company.
Public
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Contact details
Prospect
This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Barcelona — are listed together, with their address.
Insolvency · concursos
- Apertura de liquidación08/01/2019⚖️ PONTEVEDRABOE-B-2019-458 ↗
Juzgado Mercantil n.º 1 de Pontevedra Edicto En este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 0000114 /2011, seguido a instancias de MERCURIA ENERGÍA, S.L.U.; MERCURIA ENERGY TRADING, S.A., contra PETRO NOVA OIL, S.A., en los que, por resolución de fecha 19-12-18, se ha acordado la conclusión del concurso. Dicho auto, en su parte dispositiva dice: "1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de PETRO NOVA OIL, S.A., con C.I.F. A-63794853, con domicilio en c/ Cruz Gallástegui, 2, entlo. A, Pontevedra, con los efectos legales inherentes. 2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales. 4.- Se acuerda la extinción de la sociedad PETRO NOVA OIL, S.A., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme." Y para su conocimiento general, se publica el presente. Pontevedra, 19 de diciembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutierrez Martín.
- Declaración de concurso07/03/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 114/2011BOE-B-2012-7618 ↗
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° Sección I, declaración concurso 114/2011-D (NIG 36038 47 1 2011 0000210), se ha dictado a instancia de Mercuria Energía, S.L.U. y Mercuria Energy Trading en fecha 18/1/2012, Auto de declaración de concurso necesario del deudor Petro Nova Oil, S.A.U., con CIF número A-63794853, cuyo domicilio social lo tiene en C/ Gruz Gallástegui, 2, entresuelo A, Pontevedra. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección de correo designada por el administrador concursal. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarios o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia, en forma electrónica en caso de que se hay optado por esta forma de comunicación, del titulo o de los documentos relativos al crédito. Administración concursal: Carlos Domonte Otero. Domicilio para comunicación de créditos: C/ Carqueixa, n.° 6, bajo, 36003 Pontevedra. Correo electrónico para comunicación de créditos: [email protected] 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Pontevedra, 31 de enero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso21/02/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 114/2011BOE-B-2012-5728 ↗
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° Sección I, declaración concurso 114/2011-D (NIG 36038 47 1 2011 0000210), se ha dictado a instancia de Mercuria Energía, S.L.U. y Mercuria Energy Trading en fecha 18/1/2012, Auto de declaración de concurso necesario del deudor Petro Nova Oil, S.A.U., con CIF número A-63794853, cuyo domicilio social lo tiene en C/ Gruz Gallástegui, 2, entresuelo A, Pontevedra. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección de correo designada por el administrador concursal. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarios o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia, en forma electrónica en caso de que se hay optado por esta forma de comunicación, del titulo o de los documentos relativos al crédito. Administración concursal: Carlos Domonte Otero. Domicilio para comunicación de créditos: C/ Carqueixa, n.° 6, bajo, 36003 Pontevedra. Correo electrónico para comunicación de créditos: [email protected] 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Pontevedra, 31 de enero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.