MOBLES LA CARRASCA SL

Hoja A24414· NIF B03894821

Struck off · 24/03/2021Alicante
Registered address :
Legal form :
Sociedad Limitada (SL)

Legal information

Legal information for MOBLES LA CARRASCA SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000139893383
Legal formSociedad Limitada (SL)
LocalityAlcoy/Alcoi
Register referenceTomo 2624 · Folio 79 · Hoja A24414
Former names
MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION2013-04-29 → 2018-08-29
StatusLiquidada

Activity

MOBLES LA CARRASCA SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Alcoy/Alcoi (Alicante, Comunitat Valenciana). The Spanish commercial register has published 8 filings for this company, from 13 July 2009 to 24 March 2021, across 3 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.

Directors and representatives

Directors

Former

Directors network map

Loading…

Registered actos

  1. ExtinciónPublished 24/03/2021· Registered 15/03/2021· I/A 14
  2. Ceses/DimisionesPublished 29/04/2013· Registered 19/04/2013· I/A 12
  3. DisoluciónPublished 29/04/2013· Registered 19/04/2013· I/A 12

Changes

  1. 24/03/2021Extinción
  2. 29/04/2013Cambio de denominación social

    MOBLES LA CARRASCA SLMOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION

  3. 29/04/2013Disolución

Timeline (BORME)

  1. 24/03/2021#6321376
    Extinción
    MOBLES LA CARRASCA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 496/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 10/12/2020. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE ALICANTE. J
  2. 29/08/2018#5027130

    Company name: MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION

    MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2624 , F 79, S 8, H A 24414, I/A 13 H (20.08.18).
  3. 10/10/2013#2484215

    Company name: MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION

    MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 496/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 2/09/2013. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENT
  4. 29/04/2013#2250157

    Company name: MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    MOBLES LA CARRASCA SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Consejero: GARCIA FERNANDEZ ADOLFO. Presidente: GARCIA FERNANDEZ ADOLFO. Consejero: BERNABEU URREA ANTONIO. Secretario: BERNABEU URREA ANTONIO. Consejero: MASIA LUQUE FRANCISCO;GARCIA SANTAMARIA
  5. 15/02/2013#2127410
    MOBLES LA CARRASCA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 496/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 16/01/2012. Sentencia de aprobación del convenio. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: JUAN MANUEL OBREGON BELTRAN. Sit
  6. 10/06/2011#1253140
    MOBLES LA CARRASCA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 496/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 16/05/2011. Auto de apertura de la fase de convenio. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: SALVADOR CALERO GARCIA. Datos
  7. 13/07/2009#300999
    MOBLES LA CARRASCA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 496/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 8/06/2009. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: LUIS SELLER ROCA DE TOGORE

Official documents

Official Registro Mercantil documents that we obtain and deliver to you as PDFs.

Nota informativa mercantil (company extract)

Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.

Public

Filed annual accounts

Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.

Public

Certified articles of association

The company's articles of association in force, certified by the registrador.

Public

Certificate of powers of attorney

Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).

Public

Certificate of good standing and current officers

Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.

Public

Certificate of beneficial ownership

The company's official beneficial owners.

Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)

Credit risk report

Commercial credit risk report on the company.

Public

Official documents from Spain's Registro Mercantil · delivered as PDFs. Price set by the official arancel, we send a quote once you request one.

Contact details

WebsitesReserved for registered users
PhoneReserved for registered users
EmailReserved for registered users
Social networks
Full addresspolígono industrial Sembenet, nave 22-18, ALICANTE, ALCOY/ALCOI
Other linked sitesReserved for registered users
Published addressesReserved for registered users
Opening hoursReserved for registered users

Prospect

This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Alicante — are listed together, with their address.

Insolvency · concursos

  1. Otro acto concursal16/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 496/2009
    Judge: IRENE ORTIZ PLAZAConcurso: Voluntario

    TEXTO EDICTO ADJUNTO

    RPC-50586RPCLook it up in the RPC ↗
  2. Otro acto concursal16/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 496/2009
    Judge: JORGE DE LA RUA NAVARRO

    ACUERDO DECLARAR LA TERMINACION DE LA FASE COMUN , ACORDAR LA APERTURA DE LA FASE DE CONVENIO Y ACORDAR LA TRAMITACION ESCRITA DEL CONVENIO

    RPC-50587RPCLook it up in the RPC ↗
  3. Otro acto concursal16/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 496/2009

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

    RPC-50585RPCLook it up in the RPC ↗
  4. Declaración de concurso18/02/2021
    ⚖️ ALICANTE

    Doña Pilar Solanot García, Letrada Admoón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.° 2 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] - 000496/2009 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Mobles la Carrasca, S.L., con domicilio en Carretera Molinar – Polig. Industr. Sembenet. nave 22-18,18 03800 Alcoy (Alicante) y C.I.F. número B-03894821, se ha dictado auto de fecha 10/12/20, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: DISPONGO: La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores. Se declara la extinción de la entidad mercantil Mobles La Carrasca, S.L., y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el «Boletín Oficial del Estado». Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno (artículo 481.1 del TRLC). Se expide el presente en Alicante, a, 11 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

    BOE-B-2021-7541
  5. Conclusión del concurso15/02/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 496/2009
    Judge: Leandro Blanco García-LomasConcurso: VoluntarioConclusion: inexistencia de bienes

    Conclusión del concurso

    RPC-67844RPCLook it up in the RPC ↗
  6. Conclusión del concurso24/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 496/2009
    Judge: ANTONIO PEDREIRA GONZALEZ

    ABRIR FASE LIQUIDACION

    RPC-50584RPCLook it up in the RPC ↗
  7. Declaración de concurso28/09/2013
    ⚖️ ALICANTE

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000496/2009 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Mobles La Carrasca, S.L., con domicilio en carretera Molinar - polig. industr. Sembenet. Nave 22-18, 18 Alcoy (Alicante) y C.I.F. número B-03894821, se ha dictado auto de fecha 2-9-13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Aprobar el plan de liquidación con las siguientes modificaciones: En el plazo de DOS meses, sobre todos los bienes podrá presentarse oferta de venta directa. Cualquier oferta se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y se notificará a las partes, otorgando un plazo de diez días por si alguien mejorase la oferta; si nadie la mejorare se venderá sin necesidad de autorización judicial; si se presentasen una o más ofertas se celebrará una licitación entre las ofertas presentadas y entre todos aquellos que las presentaren hasta el día anterior; en caso de incomparecencia a la subastilla se entenderá que se desiste de la oferta presentada. Sin perjuicio de lo anterior, si en el citado plazo de diez días el acreedor privilegiado lo solicitase habrá de celebrase subasta pública, aunque haya una o más ofertas, y la misma tendrá lugar al mes siguiente. Si no hubiese ninguna oferta en el plazo de dos meses se celebrará subasta pública según establece la LEC distinguiendo al efecto que exista o no acreedor hipotecario para seguir los cauces de una u otra subasta. La administración concursal, cada tres meses desde la apertura de la fase de liquidación, deberá presentar informe sobre el estado de las operaciones (art. 152 L.C.). Le alcanzarán a la administración concursal las responsabilidades expresadas en los arts. 151, 152 y 153 L.C. Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (artículo 455 LECn). EI recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente En Alicante, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-35695
  8. Apertura de liquidación13/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000496/2009 - K sobre declaración de concurse de la mercantil Mobles La Carrasca, S.L., con domicilio en Carretera Molinar, Polig. Industr. Sembenet, nave 22-18,18, 03800 Alcoy (Alicante) y CIF número B-03894821, se ha dictado Auto de fecha 1 de marzo de 2013, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: "Parte Dispositiva 1. - Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 2.- Se rehabilita en el cargo a la administración concursal en las personas de Elisa Botella Agullo y Mario A. Brotons Ortega. 3.-Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil concursada Muebles La Carrasca, S.L., así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte. 5.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los. oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 21 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-13805
  9. Declaración de concurso03/03/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - O00496/2009-K, sobre declaración de concurso de la mercantil Muebles Carrasca, S.L., con domicilio en Carretera Molinar, Polig. Industr. Sembenet, nave 22-18,18 03800 Alcoy (Alicante) y CIF número B-03894821, se ha dictado sentencia de fecha 16-1-2012, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: "...Antecedentes de hecho. ... Segundo.-Que celebrada la pertinente Junta de acreedores en fecha 25 de noviembre de 2011 las propuestas de convenio presentadas en su día obtuvieron el voto favorable de acreedores que representaban el 59,09% de la concursada MUEBLES CARRASCA, S.L., lo que vino consignado en el acta correspondiente..." "...Fallo. Que procede aprobar el convenio aceptado en junta de fecha 25 de noviembre de 2011, declarando la terminación de la fase común del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de 30 días..." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Allicante, 16 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-7090
  10. Declaración de concurso07/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteProc. 3/2009

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente. Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 000496/2009-D sobre declaración de concurso de la mercantil "Mobles la Carrasca, S.L.", con C.I.F. número B-03894821, se ha dictado auto de fecha 16-5-11, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "...1. Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2. Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso. 3. Se convoca la Junta de acreedores, que se celebrará el próximo día 25 de noviembre de 2011, a las 10:00 horas en la sala de audiencias de este Juzgado (sala n.º 9, sita en la 1.ª planta), publicándose edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, éste último de forma urgente y gratuita. 4. No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por la concursada, ésta y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta veinte días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC). 5. Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC. Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC, como consecuencia de nuevo párrafo introducido por el RD Leg. 3/2009: "Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3 LC". *Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, no se admitirá a tramite ningún recurso sin la previa constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, de 25 euros para la interposición de recursos contra resoluciones que no pongan fin al proceso ni impidan su continuación dictadas por el Juez, Tribunal y/o Secretario Judicial; 50 euros si se trata de recurso de apelación contra sentencias o autos que pongan fin al proceso o impidan su continuación; y 30 euros si se trata de recurso de queja. Queda excluida de la consignación la formulación del recurso de reposición previo al de queja, así como cualquier recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de todos ellos y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. La exigencia de este depósito es compatible con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional. Al efectuar el ingreso deberá hacerse constar en el campo referido al concepto: "Depósito por recurso", seguido del código y tipo concreto de recurso de que se trate. Si el ingreso se efectúa mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso deberá indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente separado por un espacio. Si se recurriera simultáneamente más de una resolución que pudiera afectar a la misma cuenta expediente deberán hacerse tantos ingresos diferenciados como resoluciones a recurrir, indicando igualmente en el concepto el tipo de recurso de que se trate y añadiendo la fecha de la resolución objeto de recurso con el formato dd/mm/aaaa. En todo caso deberá acreditar haber constituido el depósito mediante la presentación, junto con el recurso, de copia del resguardo u orden de ingreso. La consignación se efectuará en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en este Juzgado, n.º de cuenta: 2732 0000 85 (n.º de demanda) (año). Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe. El Magistrado-Juez.-La Secretaria". Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 16 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2011-19005
  11. Declaración de concurso08/10/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado -000496/2009-D, sobre declaración de concurso de la Mercantil Mobles La Carrasca, S.L., con domicilio en carretera Molinar, Polg. Industrial Sembenet, nave 22-18, 18 03800 Alcoy (Alicante) y C.I.F. número B-03894821, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 L.C. y se ha dictado Providencia de fecha 23/09/09, que contiene, entre otros, los siguente pronunciamiento: Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mimso plazo de diez días, que se computará desde la publicación en el B.O.E., ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs L.C.) Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en Alicante, 23 de septiembre de 2009.- Secretaria Judicial.

    BOE-B-2009-33956
  12. Otro acto concursal26/06/2009
    ⚖️ ALICANTE.

    D.ª PILAR SOLANOT GARCÍA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado - 000496/2009 - D en los que se ha dictado, con esta fecha, AUTO declarando en estado de concurso VOLUNTARIO a MOBLES LA CARRASCA, SL, con domicilio en Carretera MOLINAR - POLG. INDUSTR. SEMBENET. NAVE 22-18, 18 03800 ALCOY (ALICANTE), C.I.F. número B-03894821, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al Tomo 1.656, Folio 185, Hoja A-24414. Facultades: Se decreta la INTERVENCIÓN de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la Entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de QUINCE DÍAS a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 8 de junio de 2009.- Secretaria Judicial.

    BOE-B-2009-21905
See the full case