JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA
Hoja V85376· NIF B12021283
- Legal form :
- Sociedad Limitada (SL)
Legal information
Legal information for JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA
Activity
JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Valencia, Comunitat Valenciana. The Spanish commercial register has published 5 filings for this company, from 15 February 2010 to 23 January 2014, across 3 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.
Directors and representatives
Directors
Former
- Bolumar Bolumar VicenteCeased on 01/08/2011Presidente
- Bolumar Lluch VicenteCeased on 01/08/2011Consejero Delegado
Directors network map
Registered actos
- ExtinciónPublished 23/01/2014· Registered 16/01/2014· I/A 7
- Ceses/DimisionesPublished 10/08/2011· Registered 01/08/2011· I/A 6
- DisoluciónPublished 10/08/2011· Registered 01/08/2011· I/A 6
Changes
- 23/01/2014Extinción
- 10/08/2011Cambio de denominación social
JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA→JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 10/08/2011Disolución
Timeline (BORME)
- 23/01/2014#2632980Extinción
JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 837/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 21/10/2013. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: FE… - 07/08/2012#1850244
Company name: JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 7271, L 4573, F 23, S 8, H V 85376, I/A 6 H (27.07.12).
- 10/08/2011#1338471
Company name: JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónJAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Presidente: BOLUMAR BOLUMAR VICENTE. Consejero: BOLUMAR BOLUMAR VICENTE. Con.Delegado: BOLUMAR LLUCH VICENTE. Secretario: BOLUMAR LLUCH VICENTE. Consejero: BOLUMAR LLUCH VICENTE. Sit… - 15/02/2010#590430
JAMONES SEGORBE SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 837/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/01/2010. Solicitud de declaración. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: FERNANDO PRESENCIA CRESPO. Situa…
Official documents
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Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
Public
Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
Certificate of good standing and current officers
Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
Public
Certificate of beneficial ownership
The company's official beneficial owners.
Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
Commercial credit risk report on the company.
Public
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Contact details
Prospect
This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Valencia — are listed together, with their address.
Insolvency · concursos
- Conclusión del concurso07/01/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaBOE-B-2014-379 ↗
D./Dña. Jorge Victor Iglesias de Baya secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 000837/2009 voluntario, de la deudora concursada Jamones Segorbe, S.L., con CIF n.º B-12021283, con domicilio en el Polígono industrial Valencia 2000, Carretera Nacional III, km. 342, Quart de Poblet (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto, de fecha veintiuno de octubre de dos mil trece, por el limo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 21 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación16/08/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 837/2009BOE-B-2011-27408 ↗
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 837/2009 Necesario, de la deudora concursada Jamones Segorbe, S.L., con CIF n.º B-12021283, con domicilio en Polígono Industrial Valencia 2000, Carretera Nacional III, KM. 342, Quart de Poblet (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 18 de julio de 20011 por el Ilm/a. Sr/a. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 18 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso26/01/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 837/2009BOE-B-2010-2733 ↗
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado necesario n.º 837/2009, habiéndose dictado en fecha 11 de enero de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Jamones Segorbe SL con domicilio en Polígono Industrial Valencia 2000, Carretera Nacional III, KM. 342, Quart de Poblet (Valencia) y CIF n.º B-12021283, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, en la hoja V-85376, tomo 7.271, folio 22. Que se ha acordado la Intervencion de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la utorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicacion acordada en el B.O.E. puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 8 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.