INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA
Hoja A5127· NIF B03356086
- Legal form :
- Sociedad Limitada (SL)
Legal information
Legal information for INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA
Activity
INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Alicante, Comunitat Valenciana. The Spanish commercial register has published 5 filings for this company, from 21 April 2010 to 13 August 2012, across 4 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.
Directors and representatives
Directors
Former
- Gandia Gisbert Luis LibertoCeased on 24/05/2011Administrador Único
Authorised representatives
Former
- Hipolito Canto Jose VicenteCeased on 24/05/2011Apoderado
Directors network map
Registered actos
- ExtinciónPublished 13/08/2012· Registered 01/08/2012· I/A 9
- Ceses/DimisionesPublished 03/06/2011· Registered 24/05/2011· I/A 8
- RevocacionesPublished 03/06/2011· Registered 24/05/2011· I/A 8
- DisoluciónPublished 03/06/2011· Registered 24/05/2011· I/A 8
Changes
- 13/08/2012Extinción
- 03/06/2011Cambio de denominación social
INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA→INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 03/06/2011Disolución
Timeline (BORME)
- 13/08/2012#1856759Extinción
INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 33/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/07/2012. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Situación concursal. Proce… - 03/06/2011#1241904
Company name: INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesRevocacionesDisoluciónINDEBOR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GANDIA GISBERT LUIS LIBERTO. Revocaciones. Apoderado: HIPOLITO CANTO JOSE VICENTE. Situación concursal. Procedimiento concursal 33/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 18/04/2011… - 21/04/2010#683351
INDEBOR SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 33/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 18/02/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Situación concursal. Procedimiento c…
Official documents
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Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
Public
Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
Certificate of good standing and current officers
Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
Public
Certificate of beneficial ownership
The company's official beneficial owners.
Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
Commercial credit risk report on the company.
Public
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Contact details
Prospect
This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Alicante — are listed together, with their address.
Insolvency · concursos
- Otro acto concursal21/07/2012⚖️ ALICANTEBOE-B-2012-25514 ↗
Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de procedimiento concursal abreviado - 000033/2010 - R, en los que se declarado por auto de fecha 4 de julio de 2022 concluso el concurso de la mercantil "Indebor, S.L.", con domicilio en polígono industrial "Cotes Baixes", calle G, número 13, parceles 4, 5 y 6, Alcoy, CIF B-03356086. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1.271, folio 63, hoja A-5.127, inscripción primera, en el que se ha acordado en la parte dispositiva los siguientes pronunciamientos: "Parte dispositiva. 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de "Indebor, S.L.", el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3. Se acuerda la disolución de "Indebor, S.L.", decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad líbrese mandamiento al señor Registrador Mercantil de la provincia. 4. Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 26 de abril de 2012. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC." Alicante, 4 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
- Apertura de liquidación19/05/2011⚖️ ALICANTEBOE-B-2011-16618 ↗
Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita el Concurso Abreviado 000033/2009 - A de la mercantil Indebor, S.L., con C.I.F. número B-03356086 y con domicilio en el Polígono Industrial Cotes Baixes, calle G, nº 13, parcelas 4, 5 y 6, Alcoy, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1.271, Folio 63, Hoja A-5.127, inscripción 1.ª, en el que se ha dictado el 18-04-11 auto de fin de fase común y apertura de fase de liquidación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Parte Dispositiva 1.- Se acuerda poner fin a la fase común. 2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación 3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE por plazo de diez días. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal. Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn). (...) firmado y rubricado" Alicante, 18 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso25/05/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteBOE-B-2010-18277 ↗
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado - 000033/2010-A sobre declaración de concurso de la mercantil Indebor, S.L., con domicilio en Polígono Industrial Cotes Baixes, Calle G, Nº 13, parcelas 4, 5 y 6, Alcoy y C.I.F. número B-03356086, se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 10-05-10, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento: - Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el B.O.E., ello conforme al art. 96 LC que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. LC). Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 10 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal02/03/2010⚖️ ALICANTEBOE-B-2010-7814 ↗
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado - 000033/2010-A en los que se ha dictado, con fecha 18-02-10, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Indebor, S.L., con domicilio en Polígono Industrial Cotes Baixes, calle G, nº 13, parcelas 4, 5 y 6, Alcoy, C.I.F, número B-03356086, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1.271, folio 63, hoja A-5.127, inscripción 1ª. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la Entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 18 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.