HUAYLLAY SOCIEDAD LIMITADA
Hoja IL7904· NIF B35860899
- Registered address :
- Activity :
- Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
- Legal form :
- Sociedad Limitada (SL)
Legal information
Legal information for HUAYLLAY SOCIEDAD LIMITADA
Activity
HUAYLLAY SOCIEDAD LIMITADA is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Las Palmas, Canarias. Its declared activity is “Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia” (CNAE 6820). The Spanish commercial register has published 4 filings for this company, from 29 October 2014 to 18 March 2021, across 2 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.
Economic activity (CNAE)
6820 · Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
Directors and representatives
Directors
Former
- Foinquinos Mera RosarioCeased on 10/03/2021Administrador Mancomunado
- Martinez Garcia FranciscoCeased on 10/03/2021Administrador Mancomunado
Directors network map
Registered actos
- RevocacionesPublished 18/03/2021· Registered 10/03/2021· I/A 4
- ExtinciónPublished 18/03/2021· Registered 10/03/2021· I/A 4
Changes
- 18/03/2021Extinción
Timeline (BORME)
- 18/03/2021#6315975RevocacionesExtinción
HUAYLLAY SOCIEDAD LIMITADA(R.M. PUERTO DE ARRECIFE). Revocaciones. Adm. Mancom.: FOINQUINOS MERA ROSARIO;MARTINEZ GARCIA FRANCISCO. Situación concursal. Procedimiento concursal 107/2013. FIRME: SI, Fecha de resolución 30/11/2020. Auto de conclusión d… - 21/08/2019#5553054
HUAYLLAY SOCIEDAD LIMITADA(R.M. PUERTO DE ARRECIFE). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 333 , F 220, S 8, H IL 7904, I/A 3 H (12.08.19).
- 29/10/2014#3036597
HUAYLLAY SOCIEDAD LIMITADA(R.M. PUERTO DE ARRECIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 107/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 21/03/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: LOPEZ V…
Official documents
Official Registro Mercantil documents that we obtain and deliver to you as PDFs.
Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
Public
Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
Certificate of good standing and current officers
Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
Public
Certificate of beneficial ownership
The company's official beneficial owners.
Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
Commercial credit risk report on the company.
Public
Official documents from Spain's Registro Mercantil · delivered as PDFs. Price set by the official arancel, we send a quote once you request one.
Contact details
Prospect
Spanish companies in the same line of business — Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia — are listed together.
Insolvency · concursos
- Conclusión del concurso02/02/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 107/2013BOE-B-2021-4486 ↗
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 107/2013, se ha dictado en fecha 2 de diciembre de 2020 Auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil HUAYLLAY, S.L., con CIF B35860899, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de HUAYLLAY, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos: 1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la Administración concursal. 2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley. 3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Lanzarote, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Las Palmas de Gran Canaria, 28 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
- Conclusión del concurso02/02/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 107/2013RPC-65883RPCLook it up in the RPC ↗Judge: ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAConcurso: VoluntarioConclusion: insuficiencia de la masa activa
SE ACUERDA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO
- Otro acto concursal22/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL 1Proc. 107/2013RPC-50272RPCLook it up in the RPC ↗Judge: TERESA VAZQUEZ PIZARRO
VER EDICTO
- Otro acto concursal22/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL 1Proc. 107/2013RPC-50271RPCLook it up in the RPC ↗Judge: (LAJ) JORGE GONZALEZ RODRIGUEZConcurso: VoluntarioConclusion: no consta
AUTO DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO Y SE ACUERDA LA APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACIÓN, LA SUSPENSIÓN DE LAS FUNCIONES DEL DEUDOR Y EL CESE DE LOS ADMINISTRADORES DE LA MERCANTIL
- Conclusión del concurso22/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL 1Proc. 107/2013RPC-50270RPCLook it up in the RPC ↗Judge: TERESA VAZQUEZ PIZARRO
VER EDICTO
- Declaración de concurso27/09/2014⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIABOE-B-2014-33520 ↗
Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 0000107/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Huayllay, S.L. y CIF n.º B35860899, ha recaído en fecha 9 de septiembre de 2014 el auto, en cuya parte dispositiva consta el tenor literal siguiente: "Se acuerda la apertura de la fase liquidación. De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento." Las Palmas de Gran Canaria, 9 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso04/11/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaBOE-B-2013-41132 ↗
EDICTO Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000107/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Huayllay S.L. y CIF n.º B35860899, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 14 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso13/04/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003BOE-B-2013-13867 ↗
Edicto Doña María Victoria Basnata Eiras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000107/2013, seguido a instancias del Procurador don Gerardo Pérez Almeida, en nombre y representación de Huayllay, S.L., se ha dictado Auto el día 21 de marzo de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Huayllay, S.L., con CIF n.º B35860899, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a don Javier Laiz Placeres, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de la calle Ruperto González Negrín, n.º 3, 1.º Arrecife, Lanzarote y código postal 35500, así como Dirección electrónica [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 3 de abril de 2013.- Secretaria judicial.