GOLAMAR URBANA SL
Hoja A70169· NIF B53661542
- Registered address :
- Legal form :
- Sociedad Limitada (SL)
Legal information
Legal information for GOLAMAR URBANA SL
Activity
GOLAMAR URBANA SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Guardamar del Segura (Alicante, Comunitat Valenciana). The Spanish commercial register has published 5 filings for this company, from 28 December 2009 to 19 June 2017, across 3 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.
Directors and representatives
Directors
Former
- Lorenzo Viudes Francisco AntonioCeased on 21/02/2011Administrador Mancomunado
- Perez Sanchez AntonioCeased on 21/02/2011Administrador Mancomunado
- Pol Macaroglu ClementeCeased on 21/02/2011Administrador Mancomunado
Directors network map
Registered actos
- ExtinciónPublished 19/06/2017· Registered 12/06/2017· I/A 7
- Ceses/DimisionesPublished 03/03/2011· Registered 21/02/2011· I/A 6
- DisoluciónPublished 03/03/2011· Registered 21/02/2011· I/A 6
Changes
- 19/06/2017Extinción
- 03/03/2011Cambio de denominación social
GOLAMAR URBANA SL→GOLAMAR URBANA SL EN LIQUIDACION
- 03/03/2011Disolución
Timeline (BORME)
- 19/06/2017#4423068Extinción
GOLAMAR URBANA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1068/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/05/2017. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fase de liquidacion. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: SALVADOR … - 16/10/2015#3540574
Company name: GOLAMAR URBANA SL EN LIQUIDACION
GOLAMAR URBANA SL EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2535 , F 150, S 8, H A 70169, I/A 6 H ( 7.10.15).
- 03/03/2011#1100498
Company name: GOLAMAR URBANA SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónGOLAMAR URBANA SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: POL MACAROGLU CLEMENTE;LORENZO VIUDES FRANCISCO ANTONIO;PEREZ SANCHEZ ANTONIO. Situación concursal. Procedimiento concursal 1068/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 30/07/2010. Auto d… - 28/12/2009#526151
GOLAMAR URBANA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 1068/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 18/11/2009. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: LUIS SELLER ROCA DE TOGORES. Situaci…
Official documents
Official Registro Mercantil documents that we obtain and deliver to you as PDFs.
Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
Public
Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
Certificate of good standing and current officers
Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
Public
Certificate of beneficial ownership
The company's official beneficial owners.
Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
Commercial credit risk report on the company.
Public
Official documents from Spain's Registro Mercantil · delivered as PDFs. Price set by the official arancel, we send a quote once you request one.
Contact details
Prospect
This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Alicante — are listed together, with their address.
Insolvency · concursos
- Declaración de concurso26/05/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil Nº2 de AlicanteBOE-B-2017-32010 ↗
EDICTO Dña. PILAR SOLANOT GARCÍA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 001068/2009-k sobre la declaración de concurso de la mercantil GOLAMAR URBANA SL, con domicilio en Calle Mayor, 5, Bajo, Guardamar del Segura- Alicante, y C.I.F número B53661542, se ha dictado auto de fecha 04-05-17, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Acuerdo: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por haber concluido la liquidación. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal. 4.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. 5.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. MODO DE IMPUGNACIÓN: No cabe recurso alguno. expide el presente en Alicante, 4 de mayo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso20/09/2010⚖️ ALICANTEBOE-B-2010-32075 ↗
Edicto. Don Virginio Sánchez Barberá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil úmero 2 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento proc. concursal abreviado 001068/2009-D, sobre declaración de concurso de la mercantil "Golamar Urbana, S.L.", con domicilio en calle Mayor, 5, bajo, Guardamar del Segura (Alicante), y C.I.F. número B-53661542, se ha dictado auto de fecha 30-7-2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1. Se acuerda poner fin a la fase común. 2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal. 4. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5. Preséntese por el Administrador concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 de la LC. 6. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 7. Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 de la LC. Dentro de los diez dias siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 de la LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 de la LC. 8. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 de la LC. 9. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal. Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, a efectos de que el interesado pueda interponer el recurso de reposición diferido a este momento." Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 30 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal16/02/2010⚖️ ALICANTEProc. 00168/2009BOE-B-2010-5832 ↗
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado-00168/2009-D sobre reclamación de concurso de la mercantil Golamar Urbana, S.L., con domicilio en calle Mayor, 5 Bajo, Guardamar del Segura (Alicante), y CIF número B-53661542, se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 LC, y se ha dictado providencia de fecha 1-2-10, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: - Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro de plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días, que se computará desde la publicación en el BOE, ello conforme al art. 96 LC, que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. LC). Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 1 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal02/12/2009⚖️ ALICANTE.BOE-B-2009-41697 ↗
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado-001068/2009-D en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Golamar Urbana, S.L., con domicilio en calle Mayor, 5 Bajo Guardamar del Segura- Alicante, C.I.F. número B-53661542, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, tomo 2.535, folio 148, hoja A-70169, inscripción primera. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la Entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 18 de noviembre de 2009.- La Secretaria Judicial.