FUSTES JEJM SL
Hoja GI26462· NIF B17647777
- Registered address :
- Legal form :
- Sociedad Limitada (SL)
Legal information
Legal information for FUSTES JEJM SL
Activity
FUSTES JEJM SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Girona, Cataluña. The Spanish commercial register has published 4 filings for this company, from 2 December 2011 to 28 March 2014, across 3 distinct types of filing. It appears in the register as “No vigente”.
Directors and representatives
Directors
Former
- Juan Salvador JuscafresaCeased on 22/11/2011Administrador Único
Directors network map
Registered actos
- ExtinciónPublished 28/03/2014· Registered 20/03/2014· I/A 5
- Ceses/DimisionesPublished 02/12/2011· Registered 22/11/2011· I/A 4
- DisoluciónPublished 02/12/2011· Registered 22/11/2011· I/A 4
Changes
- 28/03/2014Cambio de denominación social
FUSTES JEJM SL EN LIQUIDACION→FUSTES JEJM SL
- 28/03/2014Extinción
- 02/12/2011Disolución
Timeline (BORME)
- 28/03/2014#2739890Extinción
FUSTES JEJM SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 436/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 22/11/2013. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 1 MERCANTIL GIRONA. Juez: HUGO NOVALES BILBAO. Resoluciones: La co… - 02/12/2011#1486925
Company name: FUSTES JEJM SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónFUSTES JEJM SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: JUAN SALVADOR JUSCAFRESA. Situación concursal. Procedimiento concursal 436/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 1/09/2011. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 MERCAN… - 02/12/2011#1486924
Company name: FUSTES JEJM SL EN LIQUIDACION
FUSTES JEJM SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 436/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 14/07/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 MERCANTIL GIRONA. Juez: HUGO NOVALES BILBAO. Resoluciones: S…
Official documents
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Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
Public
Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
Certificate of good standing and current officers
Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
Public
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The company's official beneficial owners.
Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
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Public
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Contact details
Prospect
This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Girona — are listed together, with their address.
Insolvency · concursos
- Declaración de concurso26/09/2011⚖️ GIRONAProc. 436/2010BOE-B-2011-30593 ↗
Doña María Ángeles Aragón Díez, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario número 436/2010, se ha acordado mediante auto de fecha 1 de septiembre de 2011 declarar finalizada la fase de Convenio, abriendo de oficio la fase de liquidación de la entidad mercantil Fustes Jemj, S.L., con domicilio en Calonge, Urbanización Mas Ambrós, parcela número 9, CIF número B-17647777, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Fustes Jemj, S.L., con CIF B-17647777 y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1.1.º de la Ley Concursal, al haber sido rechazada la propuesta de convenio presentada. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Inscríbase, asimismo, en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustuidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al Tomo 1591, folio 131, hoja número GI-26462, del Registro Mercantil de Girona, así como al Registro de la Propiedad de La Bisbal d´Empordà, inscrita al Tomo 3244, Libro 228 de La Bisbal, Folio 132, finca número 9.001/5, ordenándose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas. Entréguese en debida forma a la procuradora Señora Rosa Boadas Villoria, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas. En el plazo de 8 días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el artículo 168, en relación con el 191 de la Ley Concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Así lo manda y firma el Magistrado Juez Don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe. El Magistrado-Juez..-El Secretario Judicial. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente. Girona, 2 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso02/08/2010⚖️ GIRONAProc. 436/2010BOE-B-2010-27559 ↗
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 436/2010, se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil "Fustes Jejm, S.L." con domicilio en Polígono Industrial Paec de Calonge en calle La Tina nau n.º 10, CIF número B-17647777, siendo designados como administrador/es concursal/es a Don Pere Sola Galán. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título. El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real Decreto 3/2009 de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria segunda, la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona. Girona, 14 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.