CONSTRUILLICE SL
Hoja A93843· NIF B54035530
- Registered address :
- Legal form :
- Sociedad Limitada (SL)
Legal information
Legal information for CONSTRUILLICE SL
Activity
CONSTRUILLICE SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Elche/Elx (Alicante, Comunitat Valenciana). The Spanish commercial register has published 4 filings for this company, from 28 September 2010 to 9 May 2013, across 4 distinct types of filing. It appears in the register as “Liquidada”.
Directors and representatives
Directors
Former
- Caro Lopez AdrianCeased on 20/04/2011Administrador Único
Directors network map
Registered actos
Changes
- 09/05/2013Extinción
- 06/05/2011Cambio de denominación social
CONSTRUILLICE SL→CONSTRUILLICE SL EN LIQUIDACION
- 06/05/2011Disolución
Timeline (BORME)
- 09/05/2013#2263508Extinción
CONSTRUILLICE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 299/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 16/04/2013. Auto de conclusión del concurso Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 3 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: LUIS SELLER ROCA DE TOGORES… - 06/05/2011#1198695
Company name: CONSTRUILLICE SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónCONSTRUILLICE SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: CARO LOPEZ ADRIAN. Situación concursal. Procedimiento concursal 299/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 1/03/2011. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 3 DE LO MERCA… - 28/09/2010#889780Situación concursal
CONSTRUILLICE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 299/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 1/09/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: LUIS SELLER ROCA DE TOGORES. Situación …
Official documents
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Nota informativa mercantil (company extract)
Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.
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Filed annual accounts
Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.
Public
Certified articles of association
The company's articles of association in force, certified by the registrador.
Public
Certificate of powers of attorney
Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).
Public
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Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.
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Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)
Credit risk report
Commercial credit risk report on the company.
Public
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Contact details
Prospect
This company declares no activity in the register. Companies recently incorporated in the same province — Alicante — are listed together, with their address.
Insolvency · concursos
- Apertura de liquidación12/03/2011⚖️ ALICANTEProc. 2/2011BOE-B-2011-8484 ↗
D./Dña. Benigno Sánchez Ibarra, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en el X, anuncia: Que en el concurso abreviado - 000299/2010, referente al concursado Construillice, S.L., CIF n.º B54035530 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante Tomo 2961 Folio 183, Sección 8.ª Hoja A93843, por auto de fecha 24/2/2011, se ha acordado lo siguiente: 1.º Poner fin a la fase común y abrir la fase de liquidación. 2.º Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 3.º Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.º Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 5.º Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente; y Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. 6.º Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. Elche, 2 de marzo de 2011.- Secretario judicial.
- Declaración de concurso18/09/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteProc. 9/2010BOE-B-2010-31884 ↗
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000299/2010 habiéndose dictado con fecha 1/9/2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de Construillice, S.L., con domicilio en calle Balcones (urbanización Bonavista), 2-A, Elche CIF n.º b54035530, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante tomo 2961, folio 183, sección 8.ª, hoja A-93843, inscripción 1.ª, representada por la Procuradora D.ª Ángela Antón García. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de quince días desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos. Elche, 1 de septiembre de 2010.- Secretario judicial.