COLVER IMPORTACIONES SL

Hoja TF30606· NIF B38716569

Struck off · 09/05/2023Santa Cruz de Tenerife
Registered address :
Activity :
Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco
Legal form :
Sociedad Limitada (SL)
Share capital :
148 300,00 €

Legal information

Legal information for COLVER IMPORTACIONES SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000232674976
Legal formSociedad Limitada (SL)
Share capital148 300,00 €
Register referenceTomo 2425 · Folio 29 · Hoja TF30606
StatusLiquidada

Activity

COLVER IMPORTACIONES SL is a Sociedad Limitada (SL) with its registered office in Santa Cruz de Tenerife, Canarias. Its declared activity is “Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco” (CNAE 4617). The Spanish commercial register has published 7 filings for this company, from 23 September 2013 to 15 December 2023, across 5 distinct types of filing. Its registered share capital is 148 300,00 €. It appears in the register as “Liquidada”.

Economic activity (CNAE)

4617 · Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco

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8 nodes Person Company
COLVER IMPORTACIONES …Fernandez Bethencourt Francisco JoseFernandez Bethencour…ASESORAMIENTOS JURIDICOS Y ECONOMICOS CANARIAS SLASESORAMIENTOS JURID…FRANCISCO SIERRA SA EN LIQUIDACIONFRANCISCO SIERRA SA …IMPORTACION Y EXPORTACION DE MEDICAMENTOS FB SLIMPORTACION Y EXPORT…HEALTH ASSISTANCE TENERIFE SLHEALTH ASSISTANCE TE…FERNANDEZ BETHENCOURT ABOGADOS SLPFERNANDEZ BETHENCOUR…DISTRIBUCIONES Y EXCLUSIVAS CASANOVA SL EN LIQUIDACIONDISTRIBUCIONES Y EXC…

Registered actos

  1. Ceses/DimisionesPublished 09/05/2023· Registered 27/04/2023· I/A 5
  2. NombramientosPublished 09/05/2023· Registered 27/04/2023· I/A 5
  3. DisoluciónPublished 09/05/2023· Registered 27/04/2023· I/A 5
  4. ExtinciónPublished 09/05/2023· Registered 27/04/2023· I/A 5
  5. Ampliación de capitalPublished 23/09/2013· Registered 11/09/2013· I/A 3

Changes

  1. 09/05/2023Disolución
  2. 09/05/2023Extinción

Capital · events

  1. 23/09/2013Ampliación de capital
    Resulting capital: 148 300,00 € (+145 000,00 €)

Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.

Timeline (BORME)

  1. 15/12/2023#7842326
    COLVER IMPORTACIONES SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Cierre provisional hoja registral Art.485 TRLC. Finalización fase Liquidación. Datos registrales. T 2425 , F 29, S 8, H TF 30606, I/A 5 (27.04.23).
  2. 09/05/2023#7521647
    Ceses/DimisionesNombramientosDisoluciónExtinción
    COLVER IMPORTACIONES SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: CHINEA SUAREZ JUAN CARLOS. LIQ.CONC.: FERNANDEZ BETHENCOURT FRANCISCO JOSE. Nombramientos. LIQ.CONC.: FERNANDEZ BETHENCOURT FRANCISCO JOSE. Situación concursal. Proce
  3. 16/11/2017#4621828
    COLVER IMPORTACIONES SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Situación concursal. Procedimiento concursal 199/2017. FIRME: Si, Fecha de resolución 15/05/2017. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ
  4. 23/09/2013#2459807
    Ampliación de capital
    COLVER IMPORTACIONES SL(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ampliación de capital. Capital: 145.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 148.300,00 Euros. Datos registrales. T 2425 , F 27, S 8, H TF 30606, I/A 3 (11.09.13).

Official documents

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Nota informativa mercantil (company extract)

Current registry status: administradores and apoderados with their DNI, objects, capital, registered address and latest accounts filing.

Public

Filed annual accounts

Actual image of the filing for each financial year: balance sheet, profit and loss account and shareholder structure.

Public

Certified articles of association

The company's articles of association in force, certified by the registrador.

Public

Certificate of powers of attorney

Powers in force held by a given apoderado (state their NIF or name).

Public

Certificate of good standing and current officers

Conclusive certificate of existence, good standing and the cargos currently in office.

Public

Certificate of beneficial ownership

The company's official beneficial owners.

Requires a legitimate interest (shareholder, director or obliged entity)

Credit risk report

Commercial credit risk report on the company.

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Full addressPOLIG INDUSTRIAL DE GUIMAR, MANZANA E, PARCELA 3, SANTA CRUZ DE TENERIFE, ARAFO
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Prospect

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Insolvency · concursos

  1. Conclusión del concurso28/04/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Proc. 199/2017

    Auto de conclusión de concurso

    RPC-106665RPCLook it up in the RPC ↗
  2. Otro acto concursal28/04/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Proc. 199/2017
    Judge: EDUARDO MARÍA ENRECH LARREA

    Dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por el Juzgado

    RPC-106667RPCLook it up in the RPC ↗
  3. Otro acto concursal28/04/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Proc. 199/2017
    Judge: MARIA DEL PILAR SEBASTIAN BENITOConcurso: Voluntario

    1.- Debo declarar y declaro a Dª. Mónica Pinto Lebrón, con DNI 31.697.473-T, y domicilio en calle Rigel nº 6, de Jerez de la Frontera, en situación de concurso consecutivo.

    RPC-106666RPCLook it up in the RPC ↗
  4. Declaración de concurso27/07/2017
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 199/2017

    Cédula de notificación. Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 199/2017, de la entidad Colver Importaciones, S.L.U., con CIF B-38716569, se ha dictado Auto de fecha 15 de mayo de 2017 se ha declarado el concurso, por la Magistrada-Juez doña, Sonia Martínez Uceda, cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, son del tenor literal siguiente: Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador don Ramsés Antonio Quintero Fumero, en nombre y representación de Colver Importaciones S.L.U., con CIF número B38716569. Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Colver Importaciones, S.L.U., con CIF número B38716569, y domicilio en Polígono Industrial de Güímar, manzana E, parcela 3, código postal 38550, Arafo (Santa Cruz de Tenerife). Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la Ley Concursal, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 190, con aplicación supletoria de las normas del procedimiento ordinario (artículo 191 Ley Concursal). Tercero.- El deudor Colver Importaciones, S.L.U., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Cuarto.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a don Francisco José Fernández Bethencourt, Abogado, que reúne los requisitos del artículo 27 de la Ley Concursal. Comuníquese telefónicamente o por fax la designación al administrador concursa! para que comparezca en este Juzgado a aceptar el cargo en el plazo de los cinco días siguientes a la comunicación. Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso. Quinto.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que estas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. En el caso de la Tesorería General de la Seguridad Social, el acceso para la transmisión telemática se puede realizar a través de la dirección de Internet https: //sede.seg-social.gob.es. En dicha página se seguirá la siguiente ruta: Registro Electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-Comunicación de la Declaración de Concurso por parte de la Administración Concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para realizar la transmisión telemática es necesario que el administrador concursal cuente con el correspondiente certificado digital o con el DNI electrónico. En el caso de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para acceder al formulario en la sede electrónica de la A.E.A.T. https//www.agenciatributaria.gob.es) deberán seguirse los pasos siguientes: 1.- En la página de inicio, columna izquierda, "Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro)" se seleccionará la opción "Otros Servicios". 2.- Una vez abierta la página que corresponde a "Otros Servicios", deberá seleccionarse la opción "Comunicación administración concursal". 3.- En la página "Comunicación administración concursal" el formulario se despliega al marcar la opción "Trámites". Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días indique si los bienes ejecutados tienen la consideración de necesarios para la actividad de la empresa. Sexto.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada. Las sucesivas publicaciones deberán ser abonadas con cargo a la masa del concurso salvo que la administración concursal justifique la insuficiencia de bienes y derechos del concursado o de la masa activa (Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto-ley 3/2009). Séptimo.- Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor. La concursada figura inscrita al tomo 2425, sección general, folio 24, hoja TF-30606, inscripción primera. Conforme a, lo dispuesto en el artículo 323.4 del Reglamento del Registro Mercantil, se interesa del Registrador Mercantil que remita certificación del contenido de esta resolución al Registro de la Propiedad y/o de Bienes Muebles en relación con bienes de la concursada.- Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la publicación de los edictos y la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada. Octavo.- Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. Noveno.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. En este caso, el citado deber incumbe a los administradores de la persona jurídica o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores a la declaración del concurso, que son don Juan Carlos Chinea Suárez Décimo.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este Auto. Undécimo.- Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la Ley Concursal. En tal sentido, Ofíciese a los Juzgados Decanos de la Provincia. Notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso. Duodécimo. - Requiérase al deudor para que en el plazo de diez días presente una lista actualizada del listado de acreedores y del inventario de bienes y derechos a la fecha de declaración del concurso. Decimotercero.- Las costas causada se incluirán en los créditos contra la masa del concurso. Decimocuarto.- Publíquese la presente resolución en el Registro Publico Concursal haciendo saber a todos los interesados que pueden acceder a su contenido a través de la página web www.publicidadconcursal.es. Modo de Impugnación: Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación. Así lo dispone, manda y firma doña Sonia Martínez Uceda, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife: doy fe. La Magistrada-Juez el Letrado de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación Gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, don Francisco José Fernández Bethencourt, con DNI 5237956-M, avenida Trinidad, 13, 4.º, 38204 San Cristóbal de la Laguna. Teléfono 922630373 y fax 92261879 correo electrónico "[email protected]". Santa Cruz de Tenerife, 26 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Judicial.

    BOE-B-2017-45872
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