BORME filing · 4 July 2024
POLY JUTE SOCIEDAD ANONIMA
- Modificaciones estatutarias
Commercial Registry of Albacete · Sheet AB2234 · Entry I/A 34 (27 June 2024)
Published text
POLY JUTE SOCIEDAD ANONIMA. Modificaciones estatutarias. ARTICULO 20.- La convocatoria de la Junta General deberá realizarse por el Organo deAdministración con, al menos, un mes de antelación a la fecha prevista para la celebración de laJunta General, porcualquierprocedimiento de comunicación, individualyescrita, que asegure larecepción de la convocatoria portodos los accionistas en el domicilio designado al. ARTICULO 21.- Tendrán derecho a asistir a las Juntas Generales, por sí o representados,quienes sean titulares de acciones, cualquiera que sea el número de acciones del que seancotitulares, con cinco días de antelación a aquel en que se haya de celebrarse la Junta General, debiendo proveerse los accionistas de la correspondiente acreditación.La asistenc. ARTICULO 30.- Cuando la administración y representación de la sociedad se atribuyan a un Consejo de Administración se aplicarán las siguientes normas:1.- Composición.El Consejo estará compuesto porun número mínimo de 3 consejeros, y máximo de 12.2.- Cargos.El Consejo, si la Junta General no los hubiese designado, elegirá de entre sus miembros unPre. Datos registrales. S 8 , H AB 2234, I/A 34 (27.06.24).
Official source
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2024-128-02 · ref. 299181
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