BORME filing · 6 October 2016
VIALIVAN SOCIEDAD LIMITADA
- Constitución
- Nombramientos
Commercial Registry of Valencia · Sheet V172699 · Entry I/A 1 (29 September 2016)
Appointments
- CASTILLO DE LAS HERAS VICENTEAdm. Mancom.
- CASTILLO DE LAS HERAS ALBERTOAdm. Mancom.
- JIMENEZ MORALES IVAN FRANCISCOAdm. Mancom.
Registered data
- Registered office
- C/ MURO DE SANTA ANA 3 BAJO IZQUIERDA (VALENCIA)
- Capital
- 15.000,00 €
- Start of operations
- 19 September 2016
Corporate purpose
1.- Las actividades propias de restauración, cafetería y bar. 2.- También podrá dedicarse a la condimentación de alimentos para su venta por raciones o al mayor, así como prestar el servicio de catering a particulares, colectividades o empresas. 3.- La Sociedad podrá importar y exportar todos los pr.
Published text
VIALIVAN SOCIEDAD LIMITADA. Constitución. Comienzo de operaciones: 19.09.16. Objeto social: 1.- Las actividades propias de restauración, cafetería y bar. 2.- También podrá dedicarse a la condimentación de alimentos para su venta por raciones o al mayor, así como prestar el servicio de catering a particulares, colectividades o empresas. 3.- La Sociedad podrá importar y exportar todos los pr. Domicilio: C/ MURO DE SANTA ANA 3 BAJO IZQUIERDA (VALENCIA). Capital: 15.000,00 Euros. Nombramientos. Adm. Mancom.: CASTILLO DE LAS HERAS VICENTE;CASTILLO DE LAS HERAS ALBERTO;JIMENEZ MORALES IVAN FRANCISCO. Otros conceptos: Conforme al 230.3 LSC, DISPENSAR al Ad. mancomunado, D. VICENTE CASTILLO DE LAS HERAS, de la prohibición de competencia contenida en el 229.f LSC, toda vez que no cabe esperar daño para la Sociedad o el que quepa esperar se verá compensado por los beneficios que prevén obtenerse de la misma. Conforme al 230.3 LSC, DISPENSAR al Ad. mancomunado, D. ALBERTO CASTILLO DE LAS HERAS, de la prohibición de competencia contenida en el 229.f LSC, toda vez que no cabe esperar daño para la Sociedad o el que quepa esperar se verá compensado por los beneficios que prevén obtenerse de la misma. Conforme al 230.3 LSC, DISPENSAR al Ad. mancomunado, D. IVAN FRANCISCO JIMENEZ MORALES, de la prohibición de competencia contenida en el 229.f LSC, toda vez que no cabe esperar daño para la Sociedad o el que quepa esperar se verá compensado por los beneficios que prevén obtenerse de la misma. Datos registrales. T 10179, L 7461, F 32, S 8, H V 172699, I/A 1 (29.09.16).
Official source
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2016-192-46 · ref. 405219
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